Configuraci�n principal (rastreador de contenido Web)

Para obtener informaci�n sobre servicios Web de rastreadores y contenido, haga clic aqu�.

Para especificar la ubicaci�n que desea rastrear y la carpeta de destino y la seguridad de los documentos importados por este rastreador de contenido:

  1. En el cuadro URL que se rastrear� escriba la URL al sitio del que desea importar contenido.

  2. En la lista desplegable Radio de rastreo, especifique el n�mero m�ximo de v�nculos desde la p�gina de destino que desea rastrear. Por ejemplo, si selecciona 1, el rastreador de contenido intenta importar todas las p�ginas que est�n vinculadas directamente a la p�gina de destino; si selecciona 2, este rastreador de contenido intenta importar todas las p�ginas que est�n vinculadas directamente a la p�gina de destino y todas las p�ginas que est�n vinculadas directamente a dichas p�ginas vinculadas.

  3. De forma predeterminada, este rastreador de contenido crea un v�nculo a la URL introducida en el paso 1. Si no desea crear un v�nculo a esta p�gina, desactive la casilla de verificaci�n Importar la p�gina de destino. Por ejemplo, si rastrea los resultados de una b�squeda, tal vez no desee importar la p�gina de destino (la p�gina de resultados de la b�squeda), sino cada p�gina vinculada (cada resultado).

  4. Especifique las carpetas a las que desea importar el contenido. El rastreador de contenido intentar� importar un v�nculo a cada documento que encuentre en la carpeta m�s subordinada dentro de la carpeta de destino que permita que pase el v�nculo. Haga clic aqu� para ver un diagrama de flujo en el que se muestra c�mo el rastreador de contenido determina las carpetas a las que importar� contenido.

  5. Para hacer que los documentos pasen los filtros de las carpetas de destino antes de que se importen a dichas carpetas, seleccione Aplicar filtro de la carpeta de destino. De forma predeterminada, los documentos no tienen que pasar los filtros de las carpetas de destino, por lo que todos los documentos se importar�n en ellas.

  6. Para aceptar todos los documentos importados al portal y poner inmediatamente a disposici�n de los usuarios, seleccione Aprobar autom�ticamente los documentos importados. De forma predeterminada, los documentos requieren aprobaci�n. Esto significa que para que el v�nculo al documento importado est� a disposici�n de los usuarios, lo debe aprobar primero un administrador del portal con al menos acceso de edici�n a la carpeta de destino.

  7. En Privilegios de acceso a los documentos puede realizar las siguientes acciones para conceder a los usuarios y grupos acceso al contenido importado por este rastreador de contenido:


  1. Haga clic en  Administraci�n.
  2. Abra el editor de rastreadores de contenido: